
Ley N° 9.106 de Juicios por Jurados | |
Cumpliendo el mandato constitucional, el 16 de octubre del año 2018, la Legislatura de la Provincia de Mendoza, sancionó a Ley n° 9106 de Jurados Populares. Los juicios por jurados se realizarán respecto de los delitos de homicidio agravado, previstos en el artículo 80 del Código Penal de la Nación, y los que con ellos concurran según las reglas de los artículos 54 y 55 de ese Código, siempre que deban ser juzgados simultáneamente con aquéllos. La Ley n° 9106 establece que el jurado popular estará compuesto por doce (12) titulares y cuatro (4) suplentes. Así Mendoza se sumó a las provincias que ya han incorporado a los Jurados Populares en su sistema de justicia penal. En la actualidad, el juicio por jurados está en vigencia en la Argentina en las provincias de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Chaco y Río Negro. | |
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