RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 21.056

            Mendoza, 1 de junio de 2007

 

                        AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO:

                        Que por Resolución de Presidencia N° 21.038 bis se dispuso poner en marcha el sistema de notificaciones electrónicas en el Fuero Laboral.

                        Que de la parte dispositiva  de la mencionada resolución se desprende que no han sido debidamente contempladas las excepciones previstas para aquéllas notificaciones que deban ser realizadas en soporte papel, por lo que corresponde aclarar en qué casos subsistirá dicha forma.                       

                        Por lo expuesto el Señor Presidente en uso de sus facultades legales;

                       RESUELVE:

               Modificar la parte dispositiva de la Resolución de Presidencia N° 21.038bis, la que quedará redactada de la siguiente manera: "1) Disponer que a partir del 01 de junio de 2007, las notificaciones del fuero laboral que deban realizarse en el domicilio legal se practiquen exclusivamente por vía electrónica, conforme lo prescripto por Acordada n° 20.112. 2) Exclúyase de lo dispuesto en el artículo anterior a las notificaciones que dispongan correr traslados o vistas y que, en consecuencia, deban ser acompañadas de copias, las que se continuarán notificando mediante cédula en soporte papel."

                  COPIESE, NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE.

 

Firmado: Dr. Jorge Horacio J. NANCLARES, Presidente de la Suprema Corte de Justicia.